Así mismo el Gerente Municipal dijo que dicha escritura no tiene valor, ya que en la cláusula tercera de dicha escritura se da una condición suspensiva, la misma que deja sin efecto dicha donación si esta no se cumpliese; para la formalización de la donación la cual refiere que LA DONACIÓN SE FORMALIZARA SIEMPRE Y CUANDO EL MINISTERIO DEL INTERIOR A TRAVÉS DE LA DIVISIÓN POLICIAL DE Hco. DESOCUPE Y ENTREGUE EL BIÉN INMUEBLE SITO EN Jr. San Román Nº 513 (plaza mayor), a favor de la Municipalidad Provincial.
El gerente también dijo que dicho inmueble no debió ser inscrita en registros públicos, ya que no tomaron en cuenta la condición suspensiva de esta escritura, dejando sin efecto jurídico a dicha escritura con este artículo, ya que no se cumplió con la condición suspensiva que esta requería para ser formal.
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