Las
vacaciones de 30 días y los aguinaldos de fiestas patrias y navidad, para los
trabajadores CAS rigen a partir desde el sábado 07 de abril del presente
año y no desde próximo año, aclaro la Autoridad Nacional del Servicio Civil
(SERVIR) ante las dudas de diferentes entidades públicas de nuestra región.
El
Coordinador Regional de Sindicatos CAS de La Libertad, Jorge Apolitano
Rodríguez, señalo ante las dudas de diversas oficinas y jefaturas de Recursos
Humanos, para la aplicación de la Ley Nº 29849, se realizo la consulta a
la entidad rectora de SERVIR para aclarar esta interrogante de aplicación,
debido que la ley establece la eliminación progresiva del Decreto Legislativo
1057 y otorga derechos laborales a partir del 2013.
Explico,
que de acuerdo al artículo 109º de la Constitución Política del Perú, toda ley
entra en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el diario
oficial. “En tal sentido, la Ley Nº 29849 es vigente desde el sábado 07 de
abril del 2012”, dijo.
Señalo
que muchos abogados y Jefes de Personal han tenido opiniones encontradas
en cuanto a la vigencia de la Ley 29849.
Jorge
Apolitano, explico que los trabajadores que cumplan un año completo de
servicios ininterrumpidos a partir del 7 de abril del 2012 (fecha de entrada en
vigencia la Ley Nº 29849), tendrán derecho a 30 días de vacaciones.
“Por
ejemplo si un trabajador a ingresado a laborar el 01 de junio del 2011 y labora
ininterrumpida hasta el 01 de junio del 2012 tendrá derecho a 30 días de
vacaciones”, acotó.
Manifestó,
en cuanto a los aguinaldos por fiestas patrias y navidad se otorgara este
beneficio a partir del presente año, en los meses correspondientes a julio y
diciembre del año 2012.
“El
monto es establecido mediante ley de presupuesto correspondiente a cada año.
Para el presente año la Ley Nº 29812 ha fijado el monto por aguinaldo en S/.
300.00 soles”, dijo.
Sostuvo,
que los requisitos para el otorgamiento del aguinaldo por fiestas patrias y
navidad, debe contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses
al día 30 del mes anterior al que deberá otorgarse el beneficio.
“Esta
ley CAS será deroga progresivamente en el 2013 y los trabajadores pasaran a
planillas previo concurso, pero los beneficios corren desde este año”, dijo.
Finalmente,
dijo que la entidad pública debe otorgar en forma obligatoria las boletas de
pago al trabajador CAS, caso contrario el funcionario estaría
infringiendo la Ley Nº 29849 y tendría responsabilidades administrativas
posteriormente.
Fuente: Trujillo
Informa
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