HACEMOS
DE CONOCIMIENTO DE LA OPINIÓN PÚBLICA, EL SIGUIENTE RESUMEN DEL EXAMEN
ESPECIAL A LA UNIDAD EJECUTORA N° 007: MARCAHUAMACHUCO, RESPECTO A LA EJECUCIÓN
DE LOS RECURSOS QUE ADMINISTRA Y VERIFICAR LA CONSISTENCIA DE LOS HECHOS
DENUNCIADOS
PERÍODO
01 DE ENERO 2010 AL 31 DE DICIEMBRE 2011
Como es de público
conocimiento, el Órgano de Control Institucional del Ministerio de Cultura efectuó
examen especial a la Unidad Ejecutora 007: Marcahuamachuco, respecto al período
comprendido entre el 01 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2011, acción de
control programada en el Plan Anual de Control 2012, supervisada y aprobada por
la Contraloría General de la República.
Luego de desarrollada dicha
acción de control, con fecha 28 de junio de 2012 el citado Órgano de Control
Institucional emitió su Informe Final, el cual, en apretada síntesis, damos a
conocer en sus aspectos más relevantes:
01. Fueron
desvirtuados
los hechos denunciados referidos a métodos errados de intervención arqueológica.
Pág. 10.
02. Los apuntalamientos que
fueran colocados por nuestros técnicos no
han debilitado ni colapsado los edificios arqueológicos. Pág.11.
03. Respecto al ingreso
de maquinaria pesada para la extracción de desmonte, conformado por la maleza
retirada de la zona arqueológica en las labores de limpieza, es oportuno citar
que el recorrido efectuado por los vehículos fue realizado por la parte lateral
del sitio arqueológico (aproximadamente a 200 metros del muro más cercano), lugar
donde se encuentra un camino carrozable pre-existente.
En tal sentido,el referido procedimiento no afectó el
complejo arqueológico. Pág. 11.
04. En el Complejo Arqueológico
de Marcahuamachuco se advirtió la existencia natural de gran diversidad
florística, tales como: líquenes, musgos, maleza, etc, que podrían afectar las
estructuras; siendo que la Unidad
Ejecutora efectuó limpieza manual con bisturí para el retiro de los líquenes de
los muros del sitio arqueológico. Pág. 42.
05. En
torno a la verificación de hechos denunciados sobre presuntas irregularidades e
incumplimiento de los fines para los que fue creada la Unidad Ejecutora 007
Marcahuamachuco, relacionados a:contratación del personal (contratación de
20 trabajadores sin perfil profesional para el cargo; personal que cobró
sin haber prestado servicio; nepotismo; contratación de personal
con vínculo laboral en la Municipalidad de Trujillo; personal contratado
que tiene procesos penales y civiles.Pág.1); por las consideraciones expuestas en los acápites
correspondientes del citado Informe Final, dichas
denuncias quedaron absolutamente desvirtuadas.Pág. 11.
06. Correcta ejecución
de seis proyectos de intervención arqueológica, entre el 25 de marzo de 2010
hasta el 31 de diciembre de 2011.Pág. 2.
07. Se determinóResponsabilidad Administrativa Funcional al
haber incurrido en infracción Muy Grave, sujeta a la potestad sancionadora
de la Contraloría General de la República, de los señores Luis Ernesto Guillén Pinto, ex Jefe de la Oficina de
Administración y Finanzas(páginas 43 y 19)y de Guillermo Justiniano Solar Ugaz, ex Jefe de la Unidad de
Abastecimiento y Servicios Generales - Logística (páginas 43, 20, 25, 28, 34,
39).
08. Se determinó Responsabilidad Administrativa Funcional
sujeta a deslinde, entre otros funcionarios,en Marlene Novoa Vega (páginas 19 y 41); Arturo Juan Noel Espinoza, como miembro del Comité Especial Ad Hoc
del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 005-2011-UE 007 (páginas 28 y
41); Daniel Eduardo Vásquez Zambrano
(páginas 25 y 41); Augusto Franklin
Mendiburu Rojas (páginas 25 y 41); Loli
Jhover Chávez Cabrera (páginas 25, 28 y 41); Humberto Rafael Núñez Ruiz (páginas 34 y 41).
A tenor de lo expuesto, queda plenamente
determinado que la Oficina de Control Interno del Ministerio de Cultura,
producto de la acción de control previamente detallada, bajo Supervisión de la
Contraloría General de la República, no encontró responsabilidad administrativa
funcional alguna en el Jefe de la Unidad Ejecutora 007 Marcahuamachuco, Dr.
Guillermo Rebaza Jara, y tampoco en ninguno de los funcionarios y/o contratados
que laboran actualmente en la Entidad.
Asimismo, es pertinente
precisar que todas las personas a quienes la Oficina de Control Interno del
Ministerio de Cultura, en la referida acción de control, encontró
responsabilidad administrativa funcional por haber incurrido en infracción Muy
Grave o responsabilidad administrativa funcional sujeta a deslinde, en la
actualidad no prestan servicio en la Unidad Ejecutora Marcahuamachuco.
Nos reservamos el derecho de
iniciar las acciones legales correspondientes, contra todas aquellas personas
que en el lapso de tiempo comprendido entre los años 2010 a la fecha, han
venido imputando sistemáticamente la comisión de presuntas acciones delictivas
perpetradas por el Jefe de esta Entidad y/o funcionarios que, en razón de las
conclusiones del Informe Final a que se refiere este Comunicado, se encuentran
sin responsabilidad administrativa y/o penal alguna.
Finalmente,
nos reafirmamos en el compromiso de seguir
gestionando esta entidad en estricta observancia de la Constitución, las leyes
nacionales y las cartas internacionales sobre preservación y puesta en valor
del patrimonio arqueológico; con la directa participación de la comunidad
–principalmente la que vive en zonas adyacentes a los sitios arqueológicos bajo
nuestra jurisdicción-, verdadera heredera y poseedora de este legado.
Huamachuco, 25 de julio de 2012
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