martes, 25 de septiembre de 2012

Carta a la opinión pública de regidor ex-integrante de comisión de diálogo con los dueños de la Casa de José Faustino Sánchez Carrión, Ley 29592



CARTA A LA OPINION PÚBLICA

Huamachuco, 24  de Setiembre del  2012

                        Apreciados hermanos ciudadanos de Huamachuco y la Provincia de Sánchez Carrión reciban un cordial saludo de los integrantes de la ex - comisión de diálogo para la compra de la casa del Tribuno José Faustino Sánchez Carrión. El motivo de la presente es para aclarar a la opinión pública que:
En el 01 de octubre del año 2010 se promulga la ley Nº 29592, (publicada el 02 de octubre en el diario  oficial el Peruano) que declara de Necesidad Pública la Casa de José Faustino Sánchez Carrión. Esta ley fue gestionada por el ex alcalde Carlos Loyola Márquez con el apoyo directo del  congresista Luis Alva Castro.  En el año 2011 el nuevo gobierno municipal nombra una comisión conformada por los Regidores: Antonio Campos Castillo, Vicente Amoroto Larraondo, César Alayo Chávez  Mario Vargas Vera, y Osvaldo Sandoval Quispe. Asimismo se convocó el apoyo de los ciudadanos Marco López, Luis Flores y del Regidor Walter Ballena. Dicha comisión ha trabajado arduamente durante un año, con la finalidad de conseguir concertar con los actuales dueños para que lo vendan al gobierno local. No habiendo obtenido resultado alguno, la comisión en el informe N° 01-2012 ha recomendó lo siguiente:

Que, de conformidad con el Artículo 4° en concordancia con el Artículo 6° de la Ley N°  29592, Ley que declara de necesidad pública la restructuración, conservación, exhibición y difusión del monumento histórico casa del prócer de la independencia y tribuno de la república Doctor José Faustino Sánchez Carrión y autoriza la expropiación de los inmuebles correspondientes; faculta a la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, para que inicie el proceso de expropiación de conformidad con la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones  en un plazo no mayor de  dos (2) años, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, plazo que se vencería el primer día del mes de octubre del presente año. 
Que, asimismo de conformidad con el Artículo 5° de la citada Ley, establece que se realice un pago justipreciado, el mismo que se establecerá a consecuencia del trato directo o del proceso judicial o arbitral correspondiente, el mismo que será asumido por la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, previa tasación de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y  Saneamiento.
Que la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, inicie de inmediato el proceso de expropiación  de dichos inmuebles, ya sea en la vía judicial o en la vía arbitral, debiendo solicitar además que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, realice la tasación correspondiente de la totalidad el inmueble.
El informe ha sido debatido en sesión  Ordinaria de Concejo del 07 de marzo donde se acordó  que el alcalde delegue funciones especiales a Gerencia Municipal y a la Gerencia de Asesoría Jurídica para que de inmediato inicien el proceso de expropiación mediante el diálogo directo, arbitraje y/o judicial. El tiempo de vencimiento de la ley ya se ha terminado. Por consiguiente los integrantes de la comisión deslindan responsabilidades. Aclarando que desde el mes de febrero ha quedado en sus manos del alcalde Luis Rebaza Chávez  quien cargará con este muerto de la inoperancia de sus funcionarios, que aunque canten el himno mencionando al tribuno, en un civismo pragmático demuestra lo contrario.  Reconocemos que como gobierno local se han conseguido importantes gestiones, pero al perder esta oportunidad legal, se convierte en un autogol que afecta directamente a la población de la Provincia de Sánchez Carrión. 
                                                                  Atentamente  Regidor: Antonio Campos Castillo

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