El planteamiento del Presupuesto Participativo tiene un concepto muy genuino y mirada profunda de descentralizar las decisiones desde espacios democráticos y concertados, brinda la oportunidad directa a los ciudadanos a que como buenos vecinos tengan la posibilidad de priorizar sus necesidades de obras de infraestructura o de cultura si así fuese el caso. Ley 20856.
Se debe entender que el presupuesto participativo alcanza a un porcentaje decisorio sobre el presupuesto global de cada gobierno local y regional que no pasa del 90%. Porque se reserva un derecho presupuestal para ejecución prioritaria de mayor envergadura directa por parte de cada Gobierno Local. Saludamos la actitud de ejecutarlo, sin embargo es importante aclarar que es un de los Municipio que lo está haciendo demasiado tarde ya estamos por finalizar el año.
Asimismo es importante que se conozca la normativa de aplicabilidad del Presupuesto Participacitivo recomienda y norma el informe o rendición de cuentas de cada año, coordinada entre el GL y el Comité de Vigilancia.